4to Año "A" Mariana Balzan, Mariende Blanco, Andreyna Espinoza y Veronica Gonzalez.

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1. Constitución Nacional de La República Bolivariana de Venezuela:


Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad...

Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los in te re ses de la Nación.

Artículo 131. Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público. 

2. Ley Orgánica de Educación:

Artículo 3. La educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrollo de la personalidad y el logro de un hombre sano, culto, crítico y apto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre, basada en la familia como célula fundamental y en la valorización del trabajo; capaz de participar activa, consciente y solidariamente en los procesos de transformación social; con sustanciado con los valores de la identidad nacional y con la comprensión, tolerancia, la convivencia y las actitudes que favorezcan el fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de integración y solidaridad latinoamericana.

Artículo 23. La educación media diversificada y profesional tendrá una duración no menor de dos años. Su objetivo es continuar el proceso formativo del alumno iniciado en los ni ve les precedentes, ampliar el desarrollo integral del educando y su formación cultural; ofrecer le oportunidades para que defina su campo de estudio y de trabajo, brindarle una capacidad científica, humanística y técnica que le permita incorporarse al trabajo productivo y orientar lo para su prosecución de estudios en el nivel de educación superior. 

3. Ley de Conscripción y Alistamiento Militar:

Artículo 70. La Instrucción Pre-Militar tiene por objeto proporcionar al estudiante los conocimientos militares necesarios que contribuyan a su formación y capacitación integral.

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1. Proporcionar al participante los conocimientos de carácter general que contribuyan a su formación integral, que abarque los aspectos de seguridad y defensa nacional, así como el desarrollo de su aptitud física, moral e intelectual.
2. Participación activa y crítica en el desarrollo, conservación, creación y defensa del patrimonio nacional, en todas sus manifestaciones, como medio de preservar la Identidad y Soberanía Nacional.
3. Comprender la importancia de participar activamente en Democracia y la ne ce si dad de perfeccionarla mediante el desarrollo de un individuo crítico en condiciones favorables para su integración social. 
4. Proporcionar los conocimientos militares necesarios que contribuyan a su formación y capacitación. 

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Las bases legales que fundamentan la Instrucción Pre-militar son:

·         Constitución de la República Bolivariana de Venezuela De 1999 Art. 79 130 y 322.
Artículo 79. Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en particular, para la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.
Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.
Artículo 322. La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional.

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Esta materia o practica ha evolucionado a medida de que pasan los años, desde su origen como materia civil, gracias a los primeros estados que desempeñaron e impusieron esta asignatura se ha aumentado los lugares donde se aplica o estudia esta misma por ejemplo: en el año escolar siguiente, después de haberse implantado la ley de añadir en los programas estudiantiles la materia instrucción pre-militar (1982-1983) se alargo esta experiencia a otros estados: Falcón, Lara, Apure, Carabobo, Yaracuy, Nueva Esparta, Delta Amacuro, Miranda y Trujillo.

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Instrucción Pre-militar
Concibe en sus objetivos la acción educativa como un proceso que proporciona a los estudiantes para que puedan vivir y producir en al sociedad; permitiendo la formación de un hombre con actitud y aptitud para la búsqueda del bien común, con espíritu solidario y constructivo, con sensibilidad por el saber, con incentivos y disposición por el conocimiento, para realizarse efectivamente, con intención innovadora, es decir, una educación en valores para la formación del ciudadano.La Instrucción Premilitar tiene por objeto, proporcionar al joven estudiante los conocimientos militares necesarios que contribuyan a su formación y capacitación integral; y es obligatoria para los alumnos de los dos últimos años de educación secundaria o su equivalente en los planteles educacionales, ya sean éstos oficiales o privados. Tambien sirve para que haya disciplina en los colegios”, y que se “acrecienten el amor a la patria, el respeto a los héroes nacionales y los valores cívicos”.


Nación

En sentido estricto, tiene dos acepciones: la nación política, en el ámbito jurídico-político, es un sujeto político en el que reside la soberanía constituyente de un Estado; la nación cultural, concepto socio-ideológico más subjetivo y ambiguo que el anterior, se puede definir a grandes rasgos, como una comunidad humana con ciertas características culturales comunes, a las que dota de un sentido ético-político. En sentido lato nación se emplea con variados significados: Estado, país, territorio o habitantes de ellos, etnia, pueblo y otros.En otras palabras, las naciones hacen al hombre; las naciones son los constructor de las convicciones, fidelidades y solidaridades de los hombres. Una simple categoría de individuos (por ejemplo, los ocupantes de un territorio determinado o los hablantes de un lenguaje dado) llegan a ser una nación si y cuando los miembros de la categoría se reconocen mutua y firmemente ciertos deberes y derechos en virtud de su común calidad de miembros. Es ese reconocimiento del prójimo como individuo de su clase lo que los convierte en nación, y no los demás atributos comunes, cualesquiera que puedan ser, que distinguen a esa categoría de los no miembros de ella.

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La Feria de La Chinita es el nombre de una festividad de origen religioso que tiene lugar cada año durante tres días, desde el 17 hasta el 19 de noviembre, en la ciudad venezolana de Maracaibo y se extiende a otras localidades del Estado Zulia. En dicho festejo se conmemora el milagro de la Virgen de Chiquinquirá  que es la patrona del Estado Zulia y cuya celebración es observada por la Santa Iglesia Católica cada 18 de noviembre.
La tradición relata que, a orillas del Lago de Maracaibo apareció una tablita que encontró una anciana mujer, quien la llevó a su casa. Trancurridos algunos días, el 18 de noviembre de 1709, la anciana escuchó varios golpes en la pared de su casa sobre la que había colgado la pequeña tabla. Al principio, hizo caso omiso de estos golpes, pero en tanto que eran cada vez más insistentes, decidió aproximarse al lugar de donde venían los golpes y se percató de que sobre la superficie de la tablilla había aparecido la imagen de la Virgen de Chiquinquirá, y brotaba de ella una luz brillante. Ante tal fenómeno, la anciana salió a la calle y comenzó a gritar: «Milagro, milagro»
La mujer relató la historia a los lugareños, que comenzaron a venerar esta advocación de la Virgen. Posteriormente, se decidió construir el Monumento a la Virgen en el lugar exacto donde se encontraba la casa de esta mujer, ubicado frente a la Basílica de la Virgen de Chiquinquirá.

En seguida, comenzó a festejarse la aparición anualmente, y la fiesta adquirió el nombre de Feria de La Chinita, a lo largo de la cual es frecuente la ejecución en los exteriores de la Basílica de gaitas zulianas, un género musical autóctono de Zulia, en cuyas letras generalmente se expresa devoción y se rinde homenaje a la Virgen. En la década de los años sesenta del siglo XX, la Feria pasó de ser una fiesta popular y tradicional a convertirse en una festividad nacional, y comenzó a adquirir una proyección internacional.


File:Basílica de la Chiquinquira.jpg


La Feria se inicia con el encendido del alumbrado de la avenida Bella Vista de Maracaibo. En la noche de 17 de noviembre, en diferentes puntos de la ciudad de Maracaibo, se realizan los populares y tradicionales «amaneceres gaiteros», maratónicos conciertos que duran toda la madrugada -como indica su nombre- donde se interpretan principalmente gaitas zulianas con instrumentos tradicionales y característicos de la región, como el furro, el cuatro, las maracas y el tambor.
El 18 de noviembre, día central de la celebración de la Feria, se oficia una misa pontificia y se lleva a cabo la "procesión corta", que incluye un recorrido lacustre por todos los muelles de los principales puertos del estado. A la semana siguiente se realiza la conocida "procesión de la aurora", en la que se saca la imagen de la Basílica a las tres de la madrugada, para que reciba el día en la calle. Ese domingo, la imagen es subida de nuevo al altar.
Entre otras actividades, cabe mencionar asimismo la "Gran Gala de la Belleza", un concurso de belleza en el que se elige anualmente a la reina de la Feria. El acto es retransmitido por Venevisión a través de su programa "Sábado sensacional"

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Reglamento de la Ley de Circunscripción y Aislamiento Militar
Articulo Nº 159: la Instrucción Pre-militar tiene por objeto proporcionar al estudiante los conocimientos de carácter general que contribuyan a su formación integral que abarque los aspectos de la defensa nacional, así como el desarrollo de su aptitud física, moral e intelectual.
Articulo Nº 160: la Instrucción Pre-militar es obligatoria durante los dos últimos años de Educación Secundaria o su equivalente. El programa de Instrucción Pre-militar deberá ser incluido en los programas oficiales de enseñanza.
Articulo Nº 161: los Ministerios de la Defensa y Educación, Cultura y Deportes coordinarán la elaboración y ejecución de los programas para el cumplimiento de la Instrucción Pre-militar los cuales deberán contener los objetivos a ser alcanzados a las actividades a desarrollar, así como la oportunidad en que estas habrán de reliarse.
Articulo Nº 162: corresponde al Misterio de la Defensa nombrar a los Instructores Militares, proporcionar el material de guerra necesario y supervisar los resultados de la Instrucción Pee-militar través de los respectivos comandos de guarnición.
Articulo Nº 163: es requisito para aprobar el programa de Instrucción Pre-militar el haber tenido un mínimo de un 75% de asistencia en dicha instrucción durante el año respectivo y haber rendido satisfactoriamente las pruebas teóricas y practicas con una calificación de 10 o más puntos.

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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (artículos)
Articulo Nº 102: la educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento desconocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad.
Articulo Nº 103: toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones.
Articulo Nº 130: “los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.

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José Gregorio Hernández: José Gregorio Hernández Cisneros, OFS (Isnotú, Trujillo, 26 de octubre de 1864 - Caracas, 29 de junio de 1919), fue un médico y científico venezolano, solidario con los más necesitados, tanto que muchos latinoamericanos lo consideran santo a pesar de no haber sido canonizado por la Iglesia Católica. Murió de forma trágica, al golpearse la cabeza con el borde de la cerca a consecuencia de un impacto con un automóvil, en la esquina de Amadores, La Pastora, Caracas, Venezuela, pueblo hoy integrado en Caracas. Sus restos reposan en la iglesia parroquial de La Candelaria de esta ciudad, después de estar por mucho tiempo en el Cementerio General del Sur. Era la tumba más visitada de ese cementerio.

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Los alumnos de 4to Año "A" realizaron una presentación sobre el Gral. Rafael Urdaneta, hicieron conocer parte de la vida de éste general tan importante para la historia de Venezuela.
Los participantes fueron Veronica Gonzalez, Ernesto Isturrieta, Pamela Cabrales y Joscell Botello.





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Es una asignatura de estudio de educación media general que se dicta en 4to y 5to año, con carácter obligatorio. Tiene por objetivo la formación del individuo con una actitud de conciencia nacionalista y defensor de la soberanía nacional. 

Origen de la Instrucción Pre-Militar.
Binomio en lo civil y militar. Nace en 1980 durante el gobierno de Luis Herrera Campins, dirigida a los institutos de educación publica. En 1999 en el gobierno del Comandante Hugo Chavez, se establece que se dictara en los institutos de educación publica y privada. Se dicta a través de la comisión permanente se trabaja con un enlace y el Ministerio del Poder Popular para la Educación. Ésta posee un proceso de jerarquizacion.

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Los estudiantes de 4to año sección "A" presentaron ante los alumnos y profesores del plantel distintas láminas rindiéndole honor a el Gral. Rafael Urdaneta.